MARCAS DE CONTRASTE

Fonte de Valores, Unipessoal Lda opera con el Título de Actividad n.º T2636 y todos sus artículos están legalmente marcados, cuando corresponda.

De conformidad con el Régimen Jurídico de la Orfebrería y de las Oficinas de Contraste (RJOC), en la redacción dada por el Decreto-Ley n.º 120/2017, de 15 de septiembre, un artículo de metal precioso está legalmente marcado cuando lleva estampadas las marcas o símbolos de los siguientes punzones:

  • Marca de responsabilidad, de fabricación o equivalente;
  • Marca de contraste y marca de ley.

Según lo establecido en el artículo 3 del RJOC:

  • «Punzón de oficina de contraste», el punzón que contiene el grabado correspondiente a la oficina de contraste o al organismo independiente de ensayo y marcaje que lo utiliza y que corresponde, por lo general, a un determinado metal y ley legal, utilizado para certificar los artículos de metales preciosos con leyes legales, en los términos y a los efectos previstos en el RJOC;
  • «Punzón de responsabilidad, de fabricación o equivalente», el punzón que contiene el grabado identificativo del responsable de la comercialización del artículo de metal precioso en el mercado nacional.



MARCAS DE OTROS PAÍSES DE LA UE O DEL EEE

Los artículos de metal precioso procedentes de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo pueden comercializarse en el mercado nacional sin necesidad de ensayo y marcaje por la oficina de contraste, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 11 del RJOC:

  • Marca de responsabilidad de fabricación o equivalente;
  • Marca de contraste y marca de ley, cuando aquella no incluya la ley;
  • Depósito en la contrastaria del documento que acredita el registro de la correspondiente marca de responsabilidad, de fabricación o equivalente en el país que efectuó el control y garantizó la calidad;
  • Reconocimiento por parte del Instituto Portugués de Calidad, previo dictamen favorable del director de la Contrastaria. Puede consultar al Instituto Portugués de Calidad para obtener más información sobre las entidades, los metales y las leyes reconocidos.

Los artículos procedentes de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, introducidos en el mercado nacional, solo estarán exentos de marcaje si cumplen los requisitos de exención establecidos en la legislación portuguesa, aunque estén exentos de marcaje según la legislación del país de origen. Por tanto, deberán marcarse en la Contrastaria portuguesa o en la contrastaria del país de origen, siempre que esta figure en la lista de entidades, metales y leyes reconocidos mencionada anteriormente.

En caso de duda sobre la autenticidad de las marcas, el comprador puede recurrir a los servicios de las Contrastarias para su verificación;

EVALUADORES INSCRITOS EN LA IMPRENSA NACIONAL CASA DA MOEDA (INCM)

La lista de evaluadores puede consultarse en el sitio web de la INCM.

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